De acuerdo con la publicación del Real Decreto 1215/1997 (Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo), las máquinas antiguas y que estén registradas con anterioridad como en propiedad pueden ser adecuadas a la normativa actual adaptando su funcionamiento o modificando aquellas partes que por su peligrosidad deban ser protegidas.
Los sistemas de puesta en marcha y paro, ausentes en muelas y máquinas sencillas, se han de adecuar incorporando lo imprescindible: botón de paro y seta de emergencia.